Operadores Autorizados por Nicaragua
Ley N° 766 Ley Especial para el Control y Regulación de Casinos y Salas de Juego
- Art. 1 Define el objeto: regular, autorizar y controlar casinos y salas de juego.
- Art. 4 Designa a la autoridad competente encargada de otorgar licencias y supervisar operaciones.
- Arts. 9–15 Establecen el régimen de licencias, requisitos, vigencia y condiciones.
- Arts. 21–27 Regulan la operación, control, inspecciones y sanciones.
- Ley N° 884 Reforma a la Ley 766 Reformas a Arts. 9, 10, 21 Modifican condiciones de licencias, controles y obligaciones de operadores.